declara SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por apelación el profesional del derecho RICARDO DELGADO, actuando en nombre y representación del ESTADO CARABOBO, en su carácter de Procurador del Estado, en contra de la decisión dictada en fecha 10 de agosto del 2007, en la presente causa, por la Jueza Octava de Control de este Circuito Judicial Penal. Y al haber realizado la revisión constitucional del fallo en virtud del Principio de Tutela Judicial, se declara la nulidad del dictamen, concreta y específicamente en lo relativo a la orden de reapertura de establecimiento donde funciona la Sociedad de Comercio Eurobingo, C.A. contenida en el dictamen de fecha 10 de agosto del 2007, dictaminada por la Jueza de Control de este Circuito Judicial, todo ellos de conformidad con lo establecido en los artículos 190 y 191 del Código Orgánico Procesal Pena por conculcación de los artículos 137 y 138 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículos 6 y 14 de la Le.....