EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECIDE: Oída las partes, revisados las actuaciones que conforman el expediente, así mismo la consignación de certificación de calificaciones expedidas por ante el INCES constancia de trabajo actualizada por la empresa Zonatex y la constancia de asistencia por ante la Lic. Rosa Márquez se observa que el joven (RESERVADO), a cumplido con las sanciones reglas de conducta y libertad asistida impuestas por este Tribunal resultando estas positivas en su desenvolvimiento personal y autoestima y su reinserción a la sociedad; es por lo que, se decreta la cesación de las medidas Reglas de Conducta y Libertad Asistida de conformidad con el articulo 647 literal "h" de la LOPNA al Joven (RESERVADO), ampliamente identificado. Se acuerda oficiar a la Lic. Márquez participándole el cese de la medida de Libertad Asistida del mencionado joven. Se fundamentara la presente decisión por auto separado. Quedando las partes debidame.....