CON LUGAR la demanda por cobro de prestaciones sociales incoada por los ciudadanos FRANCISCO JAVIER PEÑA CAMACARO, JOSE LUIS URBINA, OMAR JOSE MEDINA ARRAEZ, GERARDO ENRIQUE RIVERO ESCALONA y GUILLERMO RAMON CUICAS MORALES, venezolanos, mayor es de edad y titulares de las cedulas de identidad Nos 21.504.849, 12.859.365, 10.140.738, 21.504.873 y 17.572.771, contra la Sociedad Mercantil Sociedad Mercantil CAL SARARE C.A., por lo que deberá cancelar la demandada todos y cada unos de los conceptos arriba señalados, mas lo que resulte de la experticia complementaria del fallo.