Por las consideraciones anteriormente expuestas, éste Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio Del Circuito Judicial Laboral en sede Contenciosa Administrativa , Administrando Justicia, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
CON LUGAR el RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE NULIDAD CON SOLICITUD DE AMPARO CAUTELAR Y MEDIDA CAUTELAR DE SUSPENSIÓN DE EFECTOS, intentado por la Abogado MARÍA ESTELA RODRÍGUEZ BOSCAN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 8.849.672, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado (I.P.S.A.) bajo el Nro. 50.030, actuando en su carácter de apoderada judicial de MANUFACTURAS DE ALUMINIO I C.A., ente mercantil inscrito por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en fecha 15 de Diciembre de 2003, bajo el Nro. 24, tomo 57-A, contra la Providencia Administrativa No. 1912, de fecha 12 de mayo de 2012, cursante en el.....