PRIMERO: CON LUGAR el recurso de hecho ejercido en fecha 09 de marzo del año 2020, por el apoderado judicial de la ciudadana ALEIDA ROSA ALDANA DE PORTA, titular de la cédula de identidad N° 3.080.539, abogado JOSÉ FÉLIX ESCOBAR, contra el auto de 02 de marzo del año 2020, dictado por el Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del estado Lara, en el asunto signado con el N° KP02-V-2009-001698.
SEGUNDO: SE ORDENA OÍR LA APELACIÓN ejercida mediante diligencia presentada en fecha 26 de febrero del año 2020, por el abogado JOSÉ FÉLIX ESCOBAR, apoderado judicial de la ciudadana ALEIDA ROSA ALDANA DE PORTA, contra el auto dictado por el Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del estado Lara, en fecha 18 de febrero del año 2020, en un sólo efecto o únicamente en el efecto devolutivo.
TERCERO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de la presente decisión.
CUARTO: La pre.....