Este TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, conforme a derecho declara:
1. PRIMERO: IMPROCEDENTE, la solicitud de tasación de costas procesales y Honorarios profesionales planteada por el Abogado UNIQUER ANTONIO DIAZ RODRIGUEZ, inscrita en el I.P.S.A., bajo el Nº 200.454, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana MARIYULI JOSEFINA GRANADILLO MENDOZA, Venezolana, titular de la cédula de identidad N° V-12.316.824.
2. SEGUNDO: Se acuerda librar boletas de notificación de las partes que integran el presente expediente, de conformidad a lo establecido en el artículo 251 del Código de Procedimiento Civil.