e DECLARA INCOMPETENTE Y DECLINA EL CONOCIMIENTO DE LA PRESENTE DEMANDA por PRESTACIONES SOCIALES, incoada por los ciudadanos DEMETRIO BURGOS, RUBEN PEREZ FERRER, CESAR HERNANDEZ NAREA Y SAUL GONZALEZ, titulares de las cedulas de identidad Nº 2.505.023, 7.494.202, 5.091.366 Y 8.999.991, respectivamente, en contra de la empresa TRANSPORTE Y SERVICIOS CAMPOS, S.A y JORGE CAMPOS, a los Juzgados de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Estado Carabobo con sede en Puerto Cabello.
En consecuencia, ordena remitir el presente expediente a la oficina de la Unidad de Recepción de documentos del Circuito Judicial Laboral del Estado Carabobo, con sede en Puerto Cabello, a los fines de su correspondiente distribución. Líbrese oficio.-
Dada, sellada y firmada en la Sala del Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo, con competencia en el Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en Valencia a los VEINTINUEVE (29) días del mes de NOV.....