Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Segundo del Municipio Puerto Cabello, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: consumada la perención y, en consecuencia, extinguida la instancia, en el juicio por daños materiales derivados de accidentes de tránsito seguido por el ciudadano Francisco Díaz Feijoo, ya identificado, contra el ciudadano Tulieo Monick, antes identificado.
Notifíquese a la parte demandante de la presente decisión mediante boleta.