Esta Corte se declara COMPETENTE para conocer de la demanda interpuesto con solicitud de medida cautelar innominada por la sociedad mercantil GRUPO GARVI, C.A, inscrita en por ante el Juzgado de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, bajo el N° 32, del libro de Registros de Comercio, Tomo A-2, de fecha 1° de febrero de 1996, asistida por la abogada Aura Marina Monroe García, contra el acto administrativo contenido en la Resolución N° DA-726-2007 dictada en fecha 6 de julio de 2007 por la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO SANTA BÁRBARA DEL ESTADO MONAGAS, mediante la cual rescindió el contrato FIDES N° CER-354 suscrito por la recurrente y la mencionada Alcaldía, ADMITE la demanda interpuesta, declara IMPROCEDENTE la solicitud de medida cautelar innominada , ORDENA remitir el expediente al Juzgado de Sustanciación de esta Corte, a fin de que continúe su curso de Ley. 04