En mérito de lo anteriormente expuesto, esta juzgadora en ejercicio de la función jurisdiccional conferida, con la finalidad de hacer efectiva una justicia accesible, imparcial, transparente, responsable, expedita, autónoma y equitativa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confieren la Constitución, la Ley y el Derecho, declara
PRIMERO: Con lugar el cobro de prestaciones sociales interpuesta por el ciudadana JOAKELYS NARSYLN RAMIREZ RIVERO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 11.880.014.contra DIRECCION DE SALUD AMBIENTAL Y CONTRALORIA SANITARIA ADSCRITA A LA DIRECCIÓN GENERAL SECTORIAL DE SALUD DEL ESTADO LARA DEPENDIENTE DE LA GOBERNACION DEL ESTADO LARA y se condena a la parte demandada a pagar prestación de antigüedad e intereses, vacaciones vencidas, bono vacacional y Utilidades; así como la indexación y los intereses moratorios de las cantidades condenadas.
SEGUNDO: No se condena en costas en razón de las.....