Se dictó y publicó decisión mediante la cual se proveyó el escrito de pruebas presentado por la Abg. Carla Silveira, representante judicial de la República de la siguiente manera: En relación a la documental promovida se admitio cuanto ha lugar en derecho se requiere, por no ser manifiestamente ilegal ni impertinente, salvo su apreciación en la sentencia definitiva, y por cuanto cursa en el expediente se ordenó mantenerse en el mismo.