DISPOSITIVA
Es por las razones antes expuestas, por lo que este Tribunal de Control N° 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN JUDICIAL DE LIBERTAD, al Ciudadano: NAUDY BOEL PACHECO SUÁREZ Identificado anteriormente, Medida Cautelar , esta de conformidad con lo previsto en el Artículo 256, Ordinales 3°, presentación periódica cada 8 días, , 4° Prohibición de salida del Estado Lara del Código Orgánico Procesal Penal, Notifíquese a las partes. Registrase, Publicase. Cúmplase