Por todo lo expuesto, este Tribunal de Primera Instancia de Responsabilidad Penal de Adolescente, en función de Control N° 02, administrando justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, admite la acusación, homologa el convenio conciliatorio celebrado por las partes y acuerda la Suspensión de la causa a prueba por el lapso de seis (06) meses, en el proceso que se le sigue al adolescente IDENTIDAD OMITIDA, identificado ut supra, por los delitos de Resistencia a la Autoridad y Alteración del Orden Público, previsto y sancionado en los artículos 218 y 506 del Código Penal respectivamente vigente para cuando ocurrieron los hechos, ocurrido el día 14 de diciembre de 2007; para que el imputado cumpla con las obligaciones impuestas, que finaliza el 28 de julio de 2009. Se le advierte al acusado que cualquier cambio de residencia deberá ser comunicado al Ministerio Público o a este Tribunal. Asimismo que en caso de incumplimiento de las obligaciones serán revocadas y llevado a.....