PRIMERO: se ADMITE LA ACUSACION fiscal en contra de JOSE ENRIQUE ALDANA ALVAREZ, por el delito imputado y calificado por la fiscalía VIOLENCIA PSICOLOGICA previsto y sancionado en el artículo 39, de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de la Mujer a una vida Libre de Violencia, en perjuicio de Marbelis Chiquinquira Rodríguez De Aldana, así como los medios probatorios ofrecidos por la Fiscalía del Ministerio Público, por ser lícitos, necesarios y pertinentes.
Coincide quien juzga además, con el criterio fiscal en relación a la calificación jurídica dada a tales hechos en Audiencia Preliminar y estima que los mismos encuadran en el tipo penal señalado, es decir, el delito de VIOLENCIA PSICOLOGICA previsto y sancionado en el artículo 39, de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de la Mujer a una vida Libre de Violencia, y así se decide. En atención a las consideraciones anteriores y verificada la acusación presentada por la Representación Fiscal; esta juzgadora considera que la misma cumple con l.....