Por las razones expuestas, este Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: SU COMPETENCIA para conocer de la presente demanda.
SEGUNDO: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO, incoado por la ciudadana Génesis Del Valle Mata Zamora, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 22.924.428, apoderada de la ciudadana Tusbelis Zamora Cedeño, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 12.909.884, asistida por los Abogados Héctor Ramón Velásquez Márquez y Luís Guillermo Medina Macuaran, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nº 38.141 y 43.390, respectivamente, contra la empresa PDVSA GAS S.A.
TERCERO: Conforme a la norma antes mencionada, se le advierte a la parte accionante que el desistimiento aquí declarado sólo extingue la instancia, por lo que se .....