DISPOSITIVA
En virtud de los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Unipersonal de Juicio, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley de conformidad con lo establecido en el artículo 365 en relación con el 367 y 368 del Código Orgánico Procesal Penal, pronuncia SENTENCIA CONDENATORIA en contra del acusado WILLIAMS RAFAEL MOLINA CALDERON, Venezolano, natural del Estado Falcón, fecha de nacimiento 29-02-84, de 23 años de edad, soltero, obrero, titular de la Cedula de Identidad N° 18.782.134, hijo de Carmen Calderón y William Molina, domiciliado en vía Aranzazu, Barrio Negro Primero Casa N° 111-01 Valencia Estado Carabobo, y le impone a cumplir la pena de SEIS (06) AÑOS Y OCHO (08) MESES DE PRISION como autor del delito, de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE FRUSTRACION figura delictiva prevista y sancionada en el artículo 458, en relación con los Artículos 80 y 82, todos del Código Penal Reformado, en perjuicio de JONAS.....