D E C I S I O N
Por todo lo antes expuesto, este JUZGADO PRIMERO SUPERIOR DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación planteado por la parte actora en fecha 28 de Octubre del 2010 en contra de la sentencia dictada en fecha 27 de Octubre del 2010 por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.
En consecuencia, se REVOCA la sentencia recurrida y se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada.
No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del fallo