Este Tribunal dicta SENTENCIA ABSOLUTORIA a favor del acusado: JORGE LUIS PEREZ ISARZA, titular de la cédula de identidad C.I. 11.267.157, por la comisión del delito de USO INDEBIDO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 281 del Código Penal. SEGUNDO: Se ordena el cese inmediato de toda medida de coerción personal que pesaba sobre el ciudadano JORGE LUIS PEREZ ISARZA, titular de la cédula de identidad C.I. 11.267.157, y se ordena la LIBERTAD PLENA desde esta misma sala. TERCERO: Se ordena oficiar a los órganos de seguridad del Estado a los fines que sea excluido el referido ciudadano de las pantallas de los organismos policiales. CUARTO: Se ordena la remisión de las presentes actuaciones al archivo judicial una vez sea vencido el lapso de ley correspondiente. La presente decisión será fundamentada por auto separado.