Por todo lo antes expuesto este Tribunal de Justicia de Género, de Control, Audiencias y Medidas Nº 1, del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY: DECRETA: el cese de cualquier medida cautelar o de protección y seguridad que haya sido impuesta por la autoridad competente al imputado RAFAEL ECLECIO MELENDEZ DELFIN, titular de la cédula de identidad N° V-22.194.161, Domicilio en la Urb. Rómulo Gallegos, Av. Principal Agua Viva, casa N° 17.165, Cabudare, Barquisimeto, Estado Lara, a los fines de salvaguardar la vida, la integridad física, psíquica, emocional o patrimonial de la mujer denunciante, así como su condición de imputado, en virtud de haberse decretado a su favor ARCHIVO FISCAL, por parte de la Fiscalía encargada de la investigación de los hechos denunciados. Regístrese, Publíquese y Notifíquese.
El Juez
El Secretario
Abg. Simón Ernesto Arenas Gómez