esta Sala Dos de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Carabobo Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley resuelve: PRIMERO: DECLARAR SIN LUGAR EL RECURSO DE APELACION interpuesto por el Apoderado Judicial de la ASOCIACION CIVIL "VILLA DEL MAR" A.C Abogado DANIEL IZARRA contra la decisión dictada por el Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello, el 24 de octubre de 2014 publicado su texto íntegro el 28 de octubre del mismo año, mediante el cual decreto el Sobreseimiento Definitivo de la causa signada con el N° GP01-P-2014-000417 a favor de los ciudadanos CARMEN DOLORES NIETO DE CASTELLANOS, PEDRO LEON GARCIA, MARJORIE LISSET CASTELLANO NIETO y CARLOS ALBERTO con fundamento en el artículo 300 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal y artículos 108 numeral 5 y 110, del Código Penal. SEGUNDO: Confirma la decisión dictada el 24 de octubre de 2.....