En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: SE DECRETA MEDIDA PREVENTIVA DE SECUESTRO sobre un (1) local de uso comercial, identificado con las siglas A-9, que forma parte del Centro Comercial Venrol, ubicado en la Avenida Pedro León Torres entre Calles 49 y 50, de esta ciudad de Barquisimeto, Municipio Iribarren del Estado Lara, con un área aproximada de SETENTA Y SIETE METROS CUADRADOS CON OCHENTA Y SEIS DECÍMETROS CUADRADOS (77,86 MTS2), todo ello, de conformidad con el artículo 585, con el ordinal 2º del artículo 588, con el ordinal 7º del artículo 599, del Código de Procedimiento Civil, y en concordancia con el literal "l" del artículo 41 del Decreto Nº 929 con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Regulación del Arrendamiento Inmobiliario de Uso Comercial.
SEGUNDO: En su oportunidad, nómbrese expertos, depositario judicial y hacer uso de efectivos policiales para la protección y apoyo del mismo, ofíciese lo conducente, a los fines in.....