En base a las anteriores consideraciones, esta Sala Nº 2 de la Corte de Apelaciones de este Circuito Judicial Penal, Administrando Justicia, en nombre de La República y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: declara CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por la Defensora Pública CARMEN ENEIDA ALVES. SEGUNDO: REVOCA el auto dictado en fecha 16 de Enero de 2007, por el Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio Nº 06 de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual acordó mantener la medida judicial de privación de libertad a la acusada JESSICA AÑEZ FERNANDEZ, con motivo de la solicitud de aplicación del Principio de Proporcionalidad. TERCERO: Declara procedente la aplicación del PRINCIPIO DE PROPORCIONALIDAD, previsto en el artículo 244 del Código Orgánico Procesal Penal, y a los fines de resguardar la debida comparecencia de la acusada a los actos del proceso y las resultas del mismo, se le impone medida cautelar sustitutiva de la Priva.....