DISPOSITIVA:
En atención a los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal, en Funciones de Juicio nro. 1, administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ACUERDA:
PRIMERO: Niega la solicitud de división de la continencia de la causa hecha por la Defensa Pública en el presente asunto, en virtud de ser este el Tribunal competente para el conocimiento del mismo.- SEGUNDO: Con relación a la solicitud de revisión de medida privativa de la libertad del imputado de marras, no tiene materia sobre la cual decidir, en virtud de que el mismo se encuentra privado de la libertad por decisión del Tribunal de Control nro. 09 de este Circuito Judicial Penal. Todo de conformidad con lo establecido en los artículos 537, 531 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, 70, 73, 75, 264 del Código Orgánico Procesal Penal, y del contenido de las sentencias nro. 220 del 05-06-2003, 09 del .....