Este Juzgado del Municipio Morán de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, imparte LA HOMOLOGACION al Convenimiento, de conformidad con la norma contenida en el artículo 262 del Código de Procedimiento Civil.-
El Juez Temporal,
Dr. Ramón Alvarez Suárez.
El Secretario Accidental,
Abg. Jesús Reynaldo Durán A.-
EXPEDIENTE CIVIL N° 739-07
DEMANDADO: JOSE GERARDO RODRIGUEZ FERNANDEZ.
DEMANDANTE: MARIA ZORAIRA GUEDEZ PEREZ
MOTIVO: DESALOJO.
Magalis V.-.-