UNICO: Con los recaudos acompañados y la notificación de la Fiscal Décimo Quinta del Ministerio Público consignada, ha quedado comprobado el error, por lo que este Tribunal administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley ACUERDA rectificar dicha Partida de Nacimiento de la ciudadana MARILIN BRICEÑO LIZARDO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-11.792.470, de este domicilio, en el sentido de que se asiente correctamente el nombre de su padre: "HENRRY ORLANDO ANGULO".- En consecuencia, se ordena a la Prefectura del Municipio Crespo del Estado Lara y al Registrador Principal del Estado Lara, inserten la nota marginal correspondiente en la Partida de Nacimiento N° 683, folio 342vto, de fecha 27 de Diciembre del año 1.973. Queda firme en esta misma fecha.-
Publíquese y regístrese.- Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Tribunal, en Barquisimeto a los treinta días del mes de mayo del año dos mil siete.- Años: 197º y.....