declara CON LUGAR, la demanda de divorcio, intentada por la ciudadana ROSMARY DEL VALLE GANDICA DE MORALES, venezolana, mayor de edad, casada, cedulada con el Nro. 13.282.342, domiciliada en El Vigía, Municipio Alberto Adriani del Estado Mérida, contra el ciudadano LUIS ENRIQUE MORALES LIZARAZO, venezolano, mayor de edad, casado, cedulado con el Nro. 13.021.366 y disuelto el vínculo matrimonial que los une desde el día 23 de diciembre de 1999, contraído por ante la Prefectura Civil de la Parroquia Rómulo Betancourt del Municipio Alberto Adriani del Estado Mérida, acta Nro. 43, folio 070 y 071, año 1999.
Por cuanto la presente sentencia fue dictada fuera del lapso legal, se ordena notificar a las partes y una vez que conste en autos las mismas comenzará el lapso para intentar recurso de apelación.