Por las generalizaciones antes señaladas, este Tribunal de Primera Instancia en Función de Control N°1 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, NIEGA la solicitud interpuesta por los defensores EDUARDO PARRA OJEDA, JOSE MANUEL SANCHEZ OVIEDO, JUAN CARLOS AMARO, NARBIS HERRERA y FELIPE FIGUEIRA, en el sentido que sus defendidos DIXON ATILIO LEON ORTEGA, JULIO CESAR SANCHEZ VARGAS, JOSE FRANMIR RODRIGUEZ SOTO, EDUARDO ENRIQUE MADRID JIMENEZ, JULIO CESAR ORTIZ MIRELIS, ROBERTO ERLIA PEREZ, JOEL FRANCISCO ARRIECHI SUAREZ, RAMON ALEXANDER PEÑA MANZANO, JIMMY JOSE ESCALONA ESCALONA y ERNESTO DAVID LEAL GALLARDO, sean trasladados nuevamente a la Comisaría gral. José Antonio Páez, ubicada en Acarigua, Estado Portuguesa.
Notifíquese a los solicitantes del contenido de la presente decisión.
Abg. Omar Fleitas Flores
Juez de Control N° 01
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