Se declaró Sin Lugar la demanda de Divorcio debido a la falta de probanzas por parte del accionante respecto a los hechos alegados por los supuestos excesos, sevicia e injurias graves cometidos por la cónyuge demandada, lo cual hace improcedente la demanda interpuesta, pues ambas partes dejaron de cumplir con lo que constituía la carga probatoria, conforme al artículo 506 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con el artículo 1.354 del Código Civil, por lo que se mantiene el vínculo conyugal existente.