En mérito de las consideraciones expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Estado Carabobo, actuando en sede Constitucional, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA:
PARCIALMENTE CON LUGAR la ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL incoado por el abogado FERNANDO CURIEL CALDERON inscrito en el Instituto de Previsión social del Abogado bajo el NO. 54.661, actuando en nombre y representación de la Entidad de Trabajo UNIDADES DE CARGA C.A., contra la falta de respuesta oportuna y adecuada, cometida por la Inspectorìa del Trabajo " Batalla de Vigirima " como órgano del Ministerio del Poder Popular para el Trabajo y la Seguridad Social de la República Bolivariana de Venezuela con sede en la Ciudad de Valencia.
En consecuencia, a los fines de restablecer la situación jurídica infringida, y de esta manera dar cumplimiento al articulo 51 Constitucional se ordena a la Inspectorìa del Trabajo " Batalla.....