Por los razonamientos anteriormente expuestos, este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE, EXTENSIÓN CARÚPANO ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la ley, DECRETA la EXTINCION DE LA ACCION PENAL, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 45 y 49 ordinal 7 del Código Orgánico Procesal Penal, y en consecuencia se DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida al Ciudadano ENRIQUE JOSE RODRIGUEZ ROJAS, quien es venezolano, Soltero, mayor de edad, de 29 años de edad, nacido el día: 15-07-1981, de oficio Agricultor, Titular de la cédula de identidad numero: V- 21.379.370, y residenciado en: calle Principal, de Aguas calientes, Casa S/N, cerca del bar taparo, del Pilar, Municipio Benítez, Estado Sucre; por la comisión de los delitos de LESIONES GENERICAS, previsto y sancionado en el artículo 413 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano Luís García. Se acu.....