"...este Tribunal, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente acción de resolución de contrato de arrendamiento incoada por la "FUNDACIÓN UNIVERSIDAD DE CARABOBO FUNDAUC", persona jurídica inscrita ante la Oficina Subalterna del Primer Circuito de Registro del Distrito (hoy Municipio) Valencia del Estado Carabobo, en fecha 21 de Octubre de 1982, bajo el n° 45, Tomo 2, Protocolo Primero en contra de la sociedad mercantil "JOYERÍA MARITZA S.R.L.", inscrita ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en fecha 16 de Agosto de 1982, bajo el N° 77, Tomo 134-B; en consecuencia, declara resuelto el contrato de arrendamiento suscrito por las partes en fecha 1 de junio de 2000 y cuyo anexo fue suscrito en fecha 1 de Diciembre de 2001 y condena a la parte demandada, sociedad mercantil "JOYERÍA MARITZA S.R.L.", ya identificada a:..."