Como se observa, los accionantes demandan a la sociedad mercantil SNACK AMÉRICA LATINA, FRITO LAY, la responsabilidad civil derivada de un hecho punible, por ante la competencia civil, de la cual no pueden valerse las víctimas sino después que la sentencia penal quede firme.
De la revisión detenida de las pruebas instrumentales producidas por el accionante junto con su libelo de la demanda, el Tribunal puede constatar que en efecto, produce copia certificada emanada por la Secretaría del Juzgado de Primera Instancia Penal en Funciones de Juicio Nro. 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, en fecha 02 de junio de 2009, de la sentencia absolutoria proferida por el Tribunal de Primera Instancia Penal en funciones de juicio Nro. 2, en fecha 06 de julio de 2006, presidido por el Juez JESÚS AQUILES FAJARDO.
No obstante, de la revisión de dichas pruebas no se evidencia que la sentencia absolutoria hubiere quedado definitivamente firme, lo cual es requisito sin.....