Por las razones precedentemente expuestas este Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, en Barquisimeto, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Su COMPETENCIA para conocer y decidir el presente recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por la ciudadana ELBA VIEIRA, titular de la cédula de identidad Nº 5.130.837, actuando en su condición de representante legal de la asociación civil CENTRO COMUNITARIO DE TRABAJO Y AYUDA A LA COMUNIDAD (ASOCIECTRACOMUN), inscrita por ante el Registro Subalterno del Segundo Circuito del Municipio Iribarren del Estado Lara, bajo el Nº 21, tomo 6, protocolo primero de fecha 04 de agosto de 2000, asistida por el abogado Rafael González Rivas, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 24.882; contra el acto administrativo contenido en la Resolución Nº 106-10, de fecha 26 de abril de 2010, notif.....