En atención de las anteriores consideraciones, este Tribunal Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Sucre, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: HOMOLOGADO el desistimiento del recurso de apelación. En consecuencia, SE DA POR TERMINADO el procedimiento del recurso contencioso administrativo de nulidad y se ordena su remisión al ARCHIVO JUDICIAL de esta sede.
Remítase el expediente en su oportunidad al tribunal de origen.
REGÍSTRESE. PUBLÍQUESE. DÉJESE COPIA.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, en Cumaná, a los treinta (30) días del mes de Junio del año dos mil catorce (2014) Años 204° de la Independencia y 155º de la Federación.
LA JUEZA
ABG. MARIA DE LA SALETTE VERA JIMENEZ