PRIMERO: Se declara CON LUGAR la apelación interpuesta el 29 de junio de 2011, por la representación judicial de la parte demandada, ciudadano LEONARDO MONTAÑÉZ JAIMES, contra la decisión dictada en fecha 21 de junio de 2011, por el actualmente denominado TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MIRANDA Y PUEBLO LLANO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, en el juicio seguido en su contra por el ciudadano BALMORE DE JESÚS RAMÍREZ, por Cobro de Bolívares por Intimación, mediante la cual dicho Tribunal, declaró con lugar la demanda y como consecuencia condenó a la parte demandada antes identificada, a pagar al ciudadano BALMORE DE JESÚS RAMÍREZ, las cantidades de dinero objeto de la pretensión y al pago de las costas procesales.
SEGUNDO: Se declara LA NULIDAD parcial del auto dictado en el cuaderno separado de tacha, en fecha 26 de abril de 2011 (folios 10 al 15), por medio del cual el Tribunal de la causa, entonces denominado JUZGADO DE LOS .....