procede a decretar LA SUSPENSIÓN DEL PROCESO POR INCAPACIDAD por trastorno mental del ciudadano LUIS GUILLERMO CARIAS DIAZ, titular de la cedula de identidad nro. V-16.050.073, por un lapso de seis (06) meses, en tal sentido, el referido queda bajo la custodia de la ciudadana DIAZ ALLEN CARMEN CAROLINA titular de la cedula de identidad V-16.241.953, con domicilio en la Guacamaya Calle Principal casa Nro. 609, municipio Valencia Parroquia La Candelaria, Teléfono: (0241) 8358017/ (0412)7231730, quien manifestó ser hermana del imputado de autos, la misma debe mantener informado a este juzgado de la evolución psiquiatrita y psicológica, consignando el informe respectivo. Líbrese oficio al Hospital psiquiátrico Ortega Duran – Bárbula Municipio Naguanagua Estado Carabobo, a los fines de trámite de ingreso de hospitalización, donde quedara recluido, en caso de no ingreso el custodio deberá ubicar un Centro Psiquiátrico distinto al mencionado, en aras de garantizar el derecho a la salud tutel.....