Este Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Niños, Niñas y Adolescentes administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara Única y Universal Heredera de la causante Emilia Rosa Túa Nieves, venezolana, quien en vida fuera titular de la cédula de identidad Nº V-5.932.576, a la adolescente (Identidad omitida de conformidad con el art. 65 de la L.O.P.N.N.A.), titular de la cédula de identidad N° (Identidad omitida de conformidad con el art. 65 de la L.O.P.N.N.A.) y a los ciudadanos Eriber Carolina Primera Túa, Yamilet Yakelin Primera Túa, Milixa Del Carmen Primera Túa, Rosy María Primera Túa, Jhonni David Primera Túa, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-15.413.372, V-17.620.347, V-18.951.453, V-20.500.198, V-20.500.199, quienes como tal concurrirán a la herencia dejada por la de cujus, dejando a salvo los derechos de terceros de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 937 del Código.....