Se dictó Auto Motivado, mediante el cual se hace la entrega edel vehículo solicitado, en calidad de Propiedad Plena, el cual fuere entregado en Guarda y Custodia en fecha 28 de Agosto de 2003, una vez que el solicitante ha demstrado suficientemente, ser el poseedor pasífiaco del bien reclamado, y no existir en los Autos, solicitud alguna de tercero, ni de parte del Ministerio Público, a los efectos de alguna investigación. Todo ello de coznformidad con lo prevenido en el articulo 311del COPP.