Por lo antes expuesto, este Tribunal Quinto de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, se acuerda imponer al ciudadano MIGUEL ÁNGEL HERNÁNDEZ, identificado en autos, MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN DE LIBERTAD, de conformidad con el artículo 256 ordinal 3° y 6º del Código Orgánico Procesal Penal como lo es la presentación cada quince (15) días por ante la taquilla de imputados de la URDD del Circuito Judicial Penal, y prohibición de acercarse a la panadería “VENERAN DALE”. Publíquese y Regístrese. Cúmplase.-