IV
DISPOSITIVA:
En fuerza de las anteriores consideraciones este tribunal Sexto de los municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara CON LUGAR, la demanda incoada por la ciudadana MALFI ANTENUCCI, titular de la cedula V-11.526.796, abogada, inscrita en el IPSA. Bajo el Nro. 106.024, Apoderada Judicial del ciudadano ALDO ANTENUCCI venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cedula de identidad Nro. V-7.062.610, contra el ciudadano JESUS MARTINEZ BALESTRINI, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cedula de identidad N° 4.432.901 y de este domicilio por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO y se condena a la parte demandada a entregar el inmueble objeto del contrato de arrendamiento totalmente desocupado de bienes y personas y solvente en todos los servicios públicos. Igualmente se.....