En consecuencia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, este Tribunal Primero de Primera Instancia Penal en función de Juicio de la Circunscripción Judicial Penal del estado Falcón, Decreta: PRIMERO: Revisa la Medida judicial Preventiva de Libertad de conformidad con lo establecido en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal al ciudadano: QUINTIN HERNÁNDEZ CHINCHILLA, venezolano, titular de la cedula de identidad Nº 9.401.400, mayor de edad, de 44 años de edad, estado civil soltero, fecha de nacimiento 18-04-1968, de profesión u oficio Funcionario Publico INTTT, actualmente recluido en la Comandancia de la Policía de Falcón de esta ciudad de Coro y declara con lugar la solicitud interpuesta por el Abogado NELSON GARCIA, en su condición de Defensor del ciudadano Quintin Chinchilla Hernández.. SEGUNDO: Ordena el CAMBIO INMEDIATO DE SITIO DE RECLUSIÓN DESDE LA COMANDANCIA DE LA POLICIA DE FALCON DE ESTA CIUDAD DE CORO, para su domiciliado u.....