Se dictó SENTENCIA DEFINITIVA, mediante la cual se declaró PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación formulado en fecha 27 de enero de 2011, por la apoderada judicial de la sociedad mercantil Promociones y Desarrollo M.G 2005, C.A., contra la sentencia dictada en fecha 21 de diciembre de 2010, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara. Se declaró SIN LUGAR la demanda de resolución de contrato, incoada por la sociedad mercantil Promociones y Desarrollo M.G 2005, C.A., contra el ciudadano Julio Pastor Álvarez Brito, y SIN LUGAR la RECONVENCION por cumplimiento de contrato e indemnización de daños y perjuicios, incoada por el ciudadano Julio Pastor Alvares Brito, contra la firma mercantil Promociones y Desarrollo M.G., 2005, C.A. Quedó así REVOCADA PARCIALMENTE la sentencia apelada. Se ordenó NOTIFICAR a las partes la presente decisión.