DECISIÓN
En mérito de las anteriores consideraciones, este Juzgado Superior del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto por la Abg. MARLENE PINEDA, inscrita en el I.P.S.A., bajo el N° 807, Apoderada Judicial del ciudadano JOSÉ GREGORIO MORENO BAPTISTA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-12.498.713, contra la audiencia inicial en fase de sustanciación, realizada en fecha siete (07) de mayo de 2018, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en funciones de Mediación y Sustanciación y Ejecución.