DISPOSITIVA
En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Segundo en funciones de Control, Audiencias y Medidas del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decreta PRIMERO: ORDENAR LA EJECICIÓN FORZOSA DEL REINTEGRO DE LA VICTIMA A SU RESIDIENCIA CON AUXILIO DE LA FUERZA PÚBLICA, siempre resguardando los derechos constitucionales de las partes involucradas, tal como lo establece el artículo 87 numerales 3 y 4 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia.. SEGUNDO: De conformidad con el artículo 92 numeral 1 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia se decretó el arresto transitorio del ciudadano FREDDY JULIAN USECHE FRANCO, titular de la cédula de identidad Nro. ........., por el lapso de cuarenta y ocho (48) horas, en la sede del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Cr.....