DISPOSITIVA
Por los motivos antes expuestos este Juzgado del Municipio Ospino del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la SOLICITUD DE DIVORCIO presentada por los ciudadanos: JUAN BAUTISTA GOMEZ CASTILLO Y NANCY ROMELIA RODRIGUEZ, venezolanos, mayores de edad, casados, ambos domiciliados el primero en el sector centro, Av. Sucre con calle Piar, casa S/N, Municipio Ospino Estado Portuguesa, y la segunda en la Urb. Ospino Real, Calle N° 03, casa N° 141, Municipio Ospino Estado Portuguesa y titulares de las cédulas de identidad V 4.738.942 y V 3.857.960, respectivamente y DISUELTO en consecuencia el Matrimonio por ellos contraído, el 18 de Febrero de 1984, por ante la Prefectura del Distrito Palavecino, Parroquia Cabudare del Estado Lara, según acta N° 04.