Revisado el acervo probatorio y demostrado como fue la filiación entre los ciudadanos JACKELINE DEL CARMEN MARTINEZ y GILVER COROMOTO MARTINEZ LEON, del de cujus CARLOS BERNARDO ARIAS OLMO, no queda lugar a dudas para esta juzgadora, que los hoy solicitantes son hijos del causante MAXIMO ANTONIO MARTINEZ CASTILLO. En consecuencia, no haber oposición, dejando a salvo los derechos de terceros, de igual o mejor derecho, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por la autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en los artículos 937 y 770 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el Articulo 823 del Código Civil, DECLARA las presentes actuaciones realizadas por los ciudadanos JACKELINE DEL CARMEN MARTINEZ y GILVER COROMOTO MARTINEZ LEON venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad números V-15.691.353 y V-17.362.684, el TÍTULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS sobre los bienes dejados por el causante MA.....