Este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación , Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLINA LA COMPETENCIA para conocer de la presente causa en los TRIBUNALES DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, a los cuales se ordena remitir el presente expediente. PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE la presente decisión.