Se dictó SENTENCIA INTERLOCUTORIA, mediante la cual se declaró SIN LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto en fecha 22 de junio de 2009, por la ciudadana Irma del Carmen Vegas Torres, contra la sentencia dictada en fecha 16 de junio de 2009, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del estado Lara, en el juicio por cobro de bolívares, vía intimatoria, interpuesto por los abogados Yoseph Molina Caruci, Yaila Molina Caruci y Juan Manuel Fraga, quienes actúan en su carácter de endosatarios en procuración. Se declaró SIN LUGAR la cuestión previa opuesta por el apoderado judicial de la parte demandada, contenida en el ordinal 11° del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil. Quedó así CONFIRMADO el auto apelado. Se condenó en costas a la parte apelante.