Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa y del Municipio Juan Vicente Campo Elías del estado Trujillo, actuando en Sede Constitucional de conformidad con los artículos 127, 128, 129 y el 305 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en relación al artículo 196 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, y el artículo 5 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, así se declara:
PRIMERO: SE DECLARA CON LUGAR el Amparo Constitucional Cautelar, interpuesto por la Sociedad Mercantil "GANADERIA CACHO E VENEAO", (RIF. J-40339580-2), Inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo del Estado Lara, en fecha 13 de noviembre del 2013, bajo el Nº 03, Tomo 2180-A, posteriormente modificados sus estatutos sociales según Acta de Asamblea protocolizada por ante el citado Regi.....