PRIMERO: SIN LUGAR EL RECURSO DE HECHO ejercido por el abogado ALONSO ENRIQUE BARRIOS AVENDAÑO, titular de la cédula de identidad N° 10.105.222, actuando en representación propia, pues es abogado inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el 60.956, contra el auto dictado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en fecha 25 de septiembre del año 2023, en el asunto judicial N° KP02-R-2023-000589.
SEGUNDO: CONFORME A DERECHO el auto dictado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en fecha 25 de septiembre del año 2023, en el asunto judicial N° KP02-R-2023-000589.
TERCERO: NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS, dado la naturaleza de la decisión.
CUARTO: La presente decisión fue dictada y publicada dentro del lapso correspondiente.